Niños con autismo tendrían que ser recibidos en escuelas publicas

Tijuana, 18 de noviembre de 2021. – “El autismo fue olvidado en la entidad, desde la creación de la Ley de Atención y Protección a Personas Con Autismo para el Estado de Baja California, “Existe, fue publicada desde el 21 de octubre de 2016, en el Periódico Oficial del estado, pero no se crearon las leyes secundarias”, expresó la diputada por el XI Distrito Evelyn Sánchez Sánchez.

La Presidente de la Comisión de Desarrollo Social y Asuntos indígenas del Congreso del Estado, dijo que la ley actual carece de un marco de inclusión en la educación “Esta ley no prevé que los niños con autismo tengan acceso a la educación pública; no facilita a las familias de escasos recursos a maestros o acompañantes especializados para estos casos”, lamentó la Diputada por el XI Distrito local.

Ante la clara necesidad de reglas claras para la atención a personas con Trastorno del Espectro Autista (TEA), la Congresista Evelyn Sánchez Sánchez, presentó ante la XXIV Legislatura del Congreso de Baja California, la Iniciativa de Reforma a la Ley de Atención y Protección a Personas con Autismo para el estado de Baja California.

“Esta reforma obligaría al estado a brindar educación especial, pública, gratuita y adecuada a las personas con trastorno del espectro autista o algunas de sus manifestaciones; además la Secretaría de Educación debe considerar espacios adecuados, capacitación multidisciplinaria a las escuelas regulares”, agregó la legisladora estatal.

La iniciativa también contempla que la Secretaría de Educación en coordinación con la Secretaría de Salud y el DIF Estatal, promuevan el equilibrio de las conductas, adecuados niveles de independencia e incorporación de nuevos modelos de interacción, minimización o eliminación de las barreras para el aprendizaje y la participación, mediante el desarrollo coordinado de metodología y técnicas en los ámbitos terapéuticos, pedagógico y recreativo, a los alumnos con condición de TEA.

En el Proyecto de reforma también se prohíbe que las personas con TEA, sean rechazadas para atención médica en clínicas y hospitales del sector público y privado; Impedir o desautorizar la inscripción en los planteles educativos públicos y privados; Impedir el acceso a servicios públicos y privados de carácter cultural, deportivo, recreativo, así como de transportación, entre otros.

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